9.2. Participación en la vida cultural
Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
20. Libertad creativa
Se reconoce y protege el derecho a expresar y difundir libremente (...) la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
27. Educación
Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
38. Libertad de empresa
Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad.
40. Progreso social
Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica.
44. Acceso a la cultura
Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
46. Patrimonio histórico
Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.
128. Interés general de la riqueza
Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
139.2. Circulación de bienes
Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.
149.1.1. Igualdad
Garantizar la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
149.1.13. Planificación
El Estado tiene competencia exclusiva sobre la coordinación de la planificación de la actividad económica.
149.1.28. Defensa del patrimonio
El Estado tiene competencia exclusiva en la defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español sin perjuicio de su gestión por parte de las comunidades autónomas.
Fuente: publico.es
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org