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Agricultura y Medio Ambiente concretan más sus competencias en sendos decretos

22-09-2023

Tras las elecciones del 28-M y tras conocer el posterior reparto de carteras del nuevo Consell presidido por Carlos Mazón, se esperaba la aprobación de los decretos con los reglamentos orgánico y funcional de cada conselleria. Era importante conocer tal cosa porque es en esa regulación donde se concretan al detalle las competencias de cada departamento y habían dudas sobre cómo se iba a realizar este reparto entre la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio -de Salomé Pradas- y la de Agricultura, Ganadería y Pesca, de José Luis Aguirre.
 

 Pues bien, los citados decretos fueron publicados en el DOGCV el 7 de septiembre: se concreta que las funciones en el área de protección animal y la ordenación y gestión de la caza, entre otras,  quedan dentro de Medio Ambiente y -aunque mantiene  competencias generales en bienestar animal- las referidas a producción y sanidad animal lo hacen en la de Agricultura. Este último departamento asume también “la programación, gestión y ejecución de las actividades de control en materia de bienestar animal de especies de producción animal en explotaciones ganaderas y en cautividad, en el transporte, en la experimentación y en el sacrificio en mataderos, así como la gestión del bienestar en animales de compañía”, sin perjuicio de las actuaciones de la conselleria competente en medio natural y animal.
 

 Es pues una distribución más acorde a lo expresado por el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) el 26 de julio cuando varios de sus representantes se reunieron con el propio Aguirre, a quien se traladó que “el bienestar animal está íntimamente ligado a la sanidad por lo que, desde un punto vista científico-técnico y atendiendo a criterios de eficiencia y eficacia, se considera que ambas deberían estar en la misma conselleria”. Con todo, habrá que esperar a ver cómo se  lleva  a cabo este reparto.

Animales de compañía 
Efectivamente, según el decreto 146/2023 sobre el reglamento orgánico y funcional de Agricultura, la DG de Producción Agrícola y Ganadera se responsabilizará de la “producción y de la sanidad animal” y más allá de los animales de abasto se hará cargo también de la “planificación y coordinación de las actuaciones sanitarias de los animales de compañía”, así como de la gestión del bienestar animal entre éstos, con independencia de la actuaciones de la conselleria competente en medio natural y animal.

Etiquetas
agricultura, medio ambiente, competencias, decretos
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