El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV), siguiendo las indicaciones de la Subdirección General de Seguridad Alimentaria, Laboratorios de Salud Pública y Sanidad Ambiental (DG Salud Pública y Adicciones), ha modificado la última circular del CVCV -la 01-2023- para sustituirla por una nueva -la 04-2023- en la que se concretan las actuaciones que deberá llevar a cabo el veterinario de espectáculos taurinos (veterinario de servicio) cuando el operador quiera comercializar la carne de las reses lidiadas en espectáculos taurinos con muerte del animal.
Efectivamente, en base a la aplicación del RD 1086/2020, de 9 de diciembre y dado que ha finalizado la disposición transitoria única (fin plazo: 11/12/2022), cuando se pretenda comercializar la carne del animal sacrificado tras la lidia el veterinario de espectáculos taurinos(veterinario de servicio), deberá supervisar las condiciones del sacrificio y el sangrado higiénico de las reses, rellenar el documento de traslado de reses lidiadas sangradas conforme al Anexo IV del RD 1086/2020, que se considera equivalente al certificado de inspección ante-mortem, supervisar que se adjunten los DIB y la ICA en la documentación que acompaña a las reses sangradas, identificar las reses individual y claramente con 2 precintos, uno en cada pata delantera (región metacarpo) y supervisar que hay refrigeración en el medio de transporte y que ésta funciona.
Tanto el modelo de Anexo IV y los precintos identificativos serán facilitados por los colegios de veterinarios provinciales.
Por todo ello, las actuaciones que deberá llevar a cabo el veterinario de espectáculos taurinos (veterinario de servicio) en el festejo, serán:
1. Realizar el reconocimiento antemortem y postmortem conforme Reglamento de espectáculos taurinos.
2. Estar presente durante todo el festejo taurino conforme Reglamento de espectáculos taurinos.
3. Estar presente durante el sangrado y en el sacrificio, en su caso.
4. Rellenar correctamente el documento de traslado de reses lidiadas sangradas
a conforme al Anexo IV del RD 1086/2020, recabando toda la información
requerida sobre las reses.
5. Supervisar que se adjunten los DIB de los animales muertos en la plaza junto con
la ICA, en la documentación de acompañamiento de las reses sangradas al
matadero donde se va a proceder al faenado.
6. Colocar y rellenar la información obligatoria de los precintos identificativos: 2 precintos/res lidiada en cada una de las patas delanteras (región metacarpo). La numeración se anotará en el documento de traslado de reses lidiadas sangrada conforme al Anexo IV del RD 1086/2020.
7. Supervisar que, en el momento de la introducción de las reses sangradas en el medio de transporte, el interior tiene refrigeración y que ésta funciona.
Charla on line
El pasado 28 de febrero se desarrolló una charla informativa on line promovida por el CVCV sobre estos nuevos requisitos. La acción, que fue seguida por más de medio centenar de colegiados interesados en la materia, fue introducida por la propia presidenta del CVCV, Inmacula Ibor, e impartida por Alicia Rubio González e Ignacio Chapa, ambos vinculados al Servicio de Gestión del Riesgo Alimentario de la Subdirección General de Seguridad Alimentaria, Laboratorios de Salud Pública y Sanidad Ambiental (de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones).
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org