El 7 de abril el Ministerio de Agricultura (MAPA) presentó el borrador del Real Decreto (RD) por el que se regulará la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios. Se ha abierto el periodo de consulta pública para presentar alegaciones, que concluirá el 7 de mayo. El proyecto se da a conocer algo más de dos meses después de que entrara en vigor -el 28 de enero- parte del Reglamento (UE) 2019/6, sobre todo lo referido a la prescripción. Este RD deberá transponer ahora a la legislación española la mayor parte de lo planteado por esta regulación comunitaria para la distribución y la dispensación. El borrador llega también después de tres años de debates y negociaciones para que el veterinario pudiera -con arreglo a las posibilidades abiertas por este reglamento europeo- vender medicamentos. Y pese a la insistencia de la Organización Colegial Veterinaria (OCV), del conjunto de colegios del país y del resto de representantes del colectivo, las consabidas restricciones se mantienen en este texto, tanto para los medicamentos con prescripción como para los que no la requieren.
El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV), sin embargo, no se resigna. La entidad colegial ya realizó aportaciones poco después de que se abriera el plazo de consulta pública, el 25 de noviembre. Ahora, tras consumarse este revés, el CVCV ha dirigido una nueva carta a la OCV instándole a que, más allá de las alegaciones al borrador de RD que ahora se presentarán, “lidere” la reforma de la llamada ‘Ley de Garantías’ (RD. 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos), que es donde se recoge la incompatibilidad del ejercicio veterinario con la dispensación de medicamentos veterinarios.
“No vamos a cesar en promover todas aquellas actuaciones que tengamos a nuestro alcance para igualarnos a la situación de otros países europeos. Las medidas que solicitamos favorecen un mejor acceso a los medicamentos para garantizar el rápido tratamiento a los animales y un mejor asesoramiento, sobre todo, en el caso de medicamentos que no son de prescripción y que actualmente se venden en establecimiento cuyos titulares ni tienen ningún tipo de conocimiento“, explica la presidenta del CVCV, Inmaculada Ibor.
Es, de hecho y como refleja el gráfico superior, lo que ocurre en 24 de 30 estados de Europa. En la mayor parte de países, los veterinarios pueden, efectivamente, dispensar o vender en modo de ‘farmacia cerrada’, es decir, a los animales tratados en la práctica clínica y con historial abierto por el veterinario.
Pero en lo referido a la dispensación, el borrador del MAPA mantiene el status quo presente, el sostenido desde la promulgación del RD 109/1995 (‘Ley del Medicamento’) que, paradójicamente, es la que esta nueva regulación acabará por derogar (no la ‘Ley de Garantías’).
Alegaciones y asamblea
Desde que se conoció el borrador, los tres colegios valencianos han trabajado en recopilar las aportaciones al texto aportadas por las diferentes comisiones de trabajo ya creadas, como las de ‘Clínicos’, o las de ‘Agricultora’, así como la de otros colegiados a título particular.
Todas ellas han sido revisadas y serán enviadas tanto al Consejo de Colegios de Veterinarios de España (CGCVE) como al Ministerio de Agricultura.
Así las cosas y con la intención de tratar de consensuar las alegaciones que seguro se presentarán, el CGCVE ha convocado una asamblea general extraordinaria de presidentes colegiales para el 3 de mayo.
Campaña y cuarto canal
Como se ha avanzado, en la carta remitida al CGCVE se le reclama que se dirija al Ministerio de Sanidad para que éste impulse cambios en la conocida como ‘Ley de Garantías’. De un lado, estas modificaciones deberían extender a los centros veterinarios la excepción que permite al llamado ‘cuarto canal’ distribuir y vender los medicamentos destinados a perros, gatos, animales de terrario, pájaros domiciliarios, peces de acuario y pequeños roedores que no requieran prescripción. El Colegio de Alicante (Icoval) realizó durante los últimos meses una campaña con un vídeo divulgativo pidiendo apoyos para lograr tal cosa y sólo logró algo más de 6.000 firmas.
Del otro, el CVCV exige también que esta legislación nacional autorice a los veterinarios a “suministrar y vender al por menor” los medicamentos sujetos a prescripción veterinaria “que precisen los animales bajo su atención clínica hasta completar los tratamientos que requieran sus patologías y su salud y bienestar, utilizando para ello los medicamentos existentes en su depósito de
medicamentos”.
Medicamentos sin prescripción
El CVCV tenía sus razones jurídicas para pensar que, más allá del régimen de incompatibilidad establecido entre el ejercicio de la veterinaria y la comercialización de medicamentos por la ‘Ley de garantías’ (RD 1/2105, de 24 de julio), la reforma legal ahora iniciada podía habilitar a estos profesionales para tener tal posibilidad. En primera instancia, se argüía tal cosa porque así lo habilitaba el Reglamento (UE) 2019/6 que ahora se tiene que transponer y que, en su considerando 47, reconoce expresamente “la legitima actividad (de los veterinarios) de venta al por menor (de medicamentos), de conformidad con el Derecho nacional”. Por eso y concretamente porque, en el caso de los que ya son comercializados por el llamado ‘cuarto canal’, “al no haber prescipción (para este tipo de fármacos) no hay incompatibilidad con la Ley de Garantías”.
Así lo aclaraba el informe remitido hace meses por el ICOVV al Ministerio de Agricultura y al propio CGCVE tras abrirse el periodo de audiencia pública previa del RD cuyo borrador se presenta ahora. En tal documento, además, se argumentaba que la incompatibilidad recogida para los veterinarios en la referida ‘Ley de Garantías’ para la comercialización de este tipo de productos sanitarios “podría vulnerar la libertad de competencia reconocida en el art. 38 de la Constitución”.
Pie de foto (Principal): Pie de foto: Mapa sobre la dispensación en Europa. La cruz verde significa que tal labor la realizan los farmacéuticos. El otro icono (el de la serpiente) se refiere a los veterinarios. Cuando aparecen ambos símbolos, significa que la dispensación se reparte entre ambos colectivos. Fuente: FVE
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org