El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) ha presentado alegaciones al proyecto de RD de ordenación de núcleos zoológicos de animales de compañía. Se trata de una norma que era necesario actualizar pues la actual data de 1975. Las propuestas de modificación más relevantes se refieren a las responsabilidades y ámbito de actuación que el proyecto atribuye al veterinario de estos centros así como a los controles oficiales y a las condiciones mínimas que debieran exigirse según cada tipo de instalación.
El documento fue remitido para su conocimiento al Consejo General de Colegios de Veterinarios (CGCVE) -entidad que habrá presentado su propia propuesta- y lógicamente, al Ministerio de Derechos Sociales, que el pasado 18 de octubre sometió a audiencia pública este borrador de proyecto.
En primera instancia, sorprende que en el preámbulo no se haga mención alguna al necesario enfoque One Health y One Welfare. Las alegaciones recogen también algunos cambios en cuanto a las definiciones recogidas. Por ejemplo, se reclama que en la de ‘gato comunitario’ (de colonias felinas) tenga como “titular y responsable” de estos animales a los ayuntamientos.
El CVCV, además, propone incluir dos definiciones no contempladas: la de ‘domicilios de acogida’ (que colaboran con las entidades de protección) y la de ‘cuarentena’, para así también -incorporando esta definición- regular más al detalle en los anexos cuestiones como el tiempo mínimo de duración, condiciones de aislamiento…
Más relevante para la profesión es la forma confusa en la que está definido el concepto de ‘veterinario de núcleo zoológico’ (NZ). De alguna manera, por su redacción, se infiere que los NZ pueden estar temporalmente sin veterinario. Más allá de tal error, se exige que en esta definición figure expresamente que estos profesionales deben estar contratados (no “designados”)por el titular del centro.
Responsabilidades
El proyecto presenta algunas ambigüedades y contradicciones en el articulado que delimita las funciones y responsabilidades de tres figuras clave: el titular del NZ, el veterinario y el veterinario oficial. A este respecto se advierte que no se recogen algunas obligaciones que sí contempla la normativa europea para los titulares de NZ (por ejemplo, la posible visita zoosanitaria de un veterinario tercero). También se advierte que el veterinario (del NZ) “no tiene por qué ser corresponsable de las obligaciones y responsabilidades que tiene el titular del NZ”.
El CVCV señala algunas confusiones entre el papel del veterinario del NZ, que es asesor y responsable de la prestación del servicio para el que es contratado y nunca puede ejercer de inspector, y el veterinario oficial, que dependerá de la autoridad competente y sí será el encargado de los controles. En parecido sentido, se reclama -en un epígrafe añadido por el CVCV- que los veterinarios de NZ sólo atiendan a los animales registrados o los que, estando bajo su custodia, requieran asistencia veterinaria urgente (no a los que hayan pasado a ser responsabilidad de un tercero o hayan sido devueltos).
Formación
Pese a abordar lo relativo a la formación del personal de estos centros, el proyecto no menciona nada respecto al procedimiento para convalidar cursos, a los titulados facultados para impartirlos o a los requisitos de las entidades formadoras. Motivos por los que el CVCV pide -haciendo mención expresa a los veterinarios- incluir un artículo que recoja todo ello.
Las alegaciones concluyen con una nota general en la que el CVCV reclama “desarrollar de forma más exhaustiva las características y condiciones mínimas de cada uno de los tipos de NZ”.
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org