En el informe previo publicado el 10 de septiembre, el Abogado General Hogan propone al Tribunal con sede en Luxemburgo que declare que no se permite a los Estados miembros adoptar disposiciones que establezcan, por un lado, una prohibición del sacrificio animal sin aturdimiento previo aplicable también al sacrificio realizado en el marco de un rito religioso y, por otro lado, un procedimiento de aturdimiento alternativo para el sacrificio realizado en el marco de un rito religioso, basado en el aturdimiento reversible y a condición de que el aturdimiento no debe provocar la muerte del animal.
Respeto al culto
El Abogado General subraya que no se puede prohibir el sacrificio ritual de animales sin aturdimiento previo o después de ser degollados, ya que tal cosa equivaldría a vaciar la excepción citada y contemplada en el Reglamento (el relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza), de su esencia misma.
- Ver okjuridico.okdiario.com / 10-9-20
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