En concreto, se convocaban dos plazas para el área de evaluación de la calidad, otras dos para evaluación inmunológica/biológica y una quinta para medir el riesgo ambiental de ésos fármacos para veterinarios. Y para asumir tal trabajo, la AEMPS requería título de licenciado o grado en Farmacia para el área de evaluación de la calidad o esta misma cualificación en Biología para las áreas de evaluación de medicamentos inmunológicos/biológicos y de evaluación de riesgo ambiental de medicamentos veterinarios farmacológicos
Abogacía del Estado
La Abogacía del Estado trató de evitar, seguramente, entrar en el fondo de la cuestión y pidió que no se admitiera el recurso al no contar con un acuerdo de la Junta de Gobierno del CGCVE autorizando a su presidente a iniciar tal acción judicial. Una vez salvado este formalismo y acreditada la legitimidad del recurrente, el CGCV presentó informe pericial que concluyó “la plena competencia académica y profesional de los veterinarios” en este terreno. El referido informe venía rubricado por un veterinario del Departamento de Medioambiente y Laboratorio de Ecotoxicología, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria. Además, en la demanda ahora atendida se destaca que en el expediente “no existe una mínima justificación de las razones de la exclusión” de estos profesionales.
Junto a ello, el CGCVE acreditó dos Sentencias de la Sala 3ª del Tribunal Supremo de 26 de enero y 13 de abril de 2015 que sancionaban casos idénticos, en los que también se excluyó a veterinarios en procesos de acceso a la función pública.
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org