El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las zonas remotas para subproductos animales no destinados al consumo humano que son generadas en las explotaciones ganaderas.
De esta forma, busca seleccionar la problemática que la recogida de cadáveres de las explotaciones genera en algunas zonas, consecuencia de una accesibilidad difícil, escaso censo ganadero y también por la lejanía de las plantas de tratamiento.
Un problema con el que se encuentran las comunidades insulares, Ceuta y Melilla debido a que no cuentan con plantas de transformación lo cual constituye un criterio para establecer estas zonas.
Además, el RD se tendrá en cuenta la actividad productiva limitada por el hábitat natural que tenga la explotación por que las cercanas de parques nacionales u otros espacios naturales.
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org