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El CVCV traslada a la DG de Farmacia la necesidad de flexibilizar la regulación valenciana de medicamentos

23-11-2018

En el contexto de la ronda de contactos que el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) está promoviendo para flexibilizar la regulación del medicamento veterinario, el 29 de octubre se produjo un nuevo encuentro, esta vez con responsables de la Dirección General de Farmacia. A la cita en las dependencias de la Conselleria de Sanitat acudió la presidenta del CVCV, Inmaculada Ibor, Martín José Molina (del Colegio de Valencia, ICOVV) y Javier Balado (del de Castellón, Covetcas). La reunión sirvió para para trasladar la necesidad de adecuar la legislación autonómica en los que resulta más restrictiva que la nacional y cómo tal cosa supone un aumento innecesario de la carga burocrática en las clínicas. Junto a ello, la representación colegial alcanzó un acuerdo para que sea el propio CVCV el que solicite la autorización para validar ante la Administración el software que ofrece para la gestión de recetas electrónicas -el ‘Recetas 2.0’- y evitar así que los colegiados asuman el pago de tasas.

Tras trasladar verbalmente la problemática generada, el CVCV remitió un escrito detallando en qué situaciones se produce el mencionado agravio entre las dos regulaciones.

Registros

El documento comienza remarcando las discrepancias existentes entre las dos legislaciones en cuanto a los registros para asegurar la trazabilidad. En el ámbito nacional, el RD 109/ 1995 especifica que los medicamentos con prescripción deberán ser recogidos en un registro con una cierta información sólo en el caso de los animales de abasto y se aclara que los veterinarios que atienden a mascotas podrán sustituir dichos registros por las fichas clínicas siempre que en ellas se haga constar los tratamientos.

La regulación valenciana vinculada a los depósitos de medicamentos (decreto 74/2012), por el contrario, es más restrictiva y exige que el seguimiento de los medicamentos se lleve a cabo a través de cuatro libros: estupefacientes, psicótropos, prescripción excepcional por vacío terapéutico, de uso hospitalario y envase clínico de humana.

El CVCV insiste en que, para “simplificar” la gestión de la clínica y asegurar la trazabilidad bastaría con presentar los historiales, en formato digital o físico.

3 ó 5 años de conservación

Tampoco guarda coherencia el articulado referido a los periodos de conservación de los documentos sobre la gestión de los medicamentos. En el referido RD nacional sólo se especifica la obligatoriedad de los ganaderos propietarios de almacenar durante 5 años los justificantes de la adquisición, posesión o administración de medicamentos con prescripción veterinaria. No se habla de los veterinarios clínicos y sólo en el caso de los estupefacientes o psicótropos se matiza que la conservación durante 5 años se aplicará a las entidades que los fabrican, distribuyen o dispensan y a los colegios que expiden los vales de estupefacientes.

En la normativa autonómica se obliga a conservar 3 años los vales de uso hospitalario y envase clínico de humana y 5 el resto de medicamentos. A juicio del CVCV convendría pues armonizar los años exigidos.

El botiquín

Por último y con la intención de diferenciar la comunicación del alta de depósitos de medicamentos dependiendo del uso de los mismos en animales de abasto o en los de compañia, la entidad colegial -aunque ya lo esta comunicando así- ha instado a la DG de Farmacia a que el modelo oficial para hacer tal cosa se modifique para incluir ése dato. Este cambio facilitaría el control de los botiquines tanto a la Administración competente como a los colegios profesionales.

Receta electrónica

La reunión tambien sirvió para confirmar que será el CVCV el que recibirá la validación del programa que ha promovido para emitir recetas electrónicas -’Recetas 2.0’- lo que evitará que los colegiados paguen tasas al darlo de alta. Este modelo será extensible al resto de los softwares existentes: serán sus titulares y no los usuarios quienes abonarán tales tasas para obtener la correspondiente homologación.

 

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