La plena relación del ciudadano y las empresas con la Administración a través de medios electrónicos tendrá que esperar dos años más. El Gobierno ha prorrogado hasta el 2 de octubre de 2020 la obligación de tener implantada una administración electrónica plena
A falta de menos de un mes para que concluyera el plazo (en octubre de este año), se ha incluido, a través del Real Decreto-ley 11/2018 una disposición final en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común. Dicho precepto determina que ”las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de octubre de 2020”.
Plazo “insuficiente”
El preámbulo del RD subraya que el plazo dado inicialmente (hasta este octubre) “se ha revelado insuficiente” para tener diseñados los procedimientos jurídicos y tecnológicos que se requieren para llevar a cabo una plena relación electrónica.
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