El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 191/ 2018 por el que se establece la transmisión electrónica de las prescripciones de antibióticos destinados a animales productores de alimentos de consumo humano, que modificará a su vez varios RD en materia ganadera. El texto, que fue publicado en el BOE del pasado 6 de abril entrará en vigor el 2 de enero de 2019 y tendrá efectos directos sobre el día a día de los veterinarios dedicados a la ganadería, no así a los que lo hagan en clínicas.
En este sentido, la normativa aclara que todos los veterinarios en ejercicio deberán facilitar a la autoridad competente de la comunidad autónoma en que radique la explotación a la que se destina el medicamento o el pienso medicamentoso, “y por los medios electrónicos que ésta establezca”, datos referentes a dichos medicamentos, con una periodicidad, al menos, mensual, “sea la prescripción ordinaria o excepcional”, según indica el texto. Será el Ministerio de Agricultura el que gestionará esta base de datos
Entre estos datos, se encuentran los del prescriptor (incluido el número de colegiación), el nombre comercial del fármaco, la forma farmacéutica, la sustancia o sustancias activas y la especie animal a la que se prescriba, tanto en caso de medicamentos o de piensos medicamentosos.
Comunicar lo que se administra
La transmisión electrónica de datos, tendrá que realizarse aún en el caso de que los antibióticos se prescriban para su aplicación o administración directamente por el veterinario, “o bajo su responsabilidad”.
PRAN
La finalidad de esta nueva normativa, que supone a su vez modificar varios decretos relacionados con los medicamentos veterinarios y la producción ganadera es, como reconoce el Gobierno, dar cumplimiento al Plan estratégico y de acción para reducir el riesgo de selección y diseminación de la resistencia a los antibióticos (PRAN).
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org