El SEPRONA de Alicante realizó el pasado mes de febrero una inspección en unas instalaciones dedicadas a la recogida y adopción de animales de compañía de la localidad de Albatera. La entidad estaba gestionada por un veterinario colegiado. Según informaron en un comunicado emitido algún tiempo después, el 13 de marzo, los agentes levantaron un acta de infracción administrativa tras comprobar que la instalación no contaba con autorización para el botiquín sanitario y que, además, almacenaba hasta 312 medicamentos caducados. El Colegio de Alicante (Icoval), que fue advertido por la Benemérita con posterioridad de ésta y de otra acción de naturaleza similar pero no publicitada, reaccionó con rapidez y el mismo día en el que se daba a conocer tal acción convocaba a una reunión informativa a los directores de núcleos zoológicos para aclarar las obligaciones relativas al depósito de medicamentos y los consultorios existentes en dichas instalaciones.
Al encuentro fueron invitados algunos representantes de la Consellería de Agricultura. Fue, en cierta medida, una convocatoria de urgencia forzada por la gravedad de los hallazgos de la Benemérita a la que asistieron veterinarios responsables de protectoras, refugios, centros de recuperación, de recogida o recuperación de animales heridos.
Registros
A todos ellos se les recordó la obligación de que todos los centros veterinarios ubicados en núcleos zoológicos estén dados de alta -incluyendo un plano con sus instalaciones- en el correspondiente registro colegial según la clasificación establecida por el reglamento para el ejercicio clínico.
En idéntico sentido, se remarcó que es prescriptivo comunicar a la corporación colegial el alta en cuanto al botiquín, para que éste a su vez pueda transmitirlo a Sanitat.
Se aprovechó la oportunidad para repasar la legislación vigente en lo relacionado con el servicio de recogida de animales abandonados. Así, se insistió en que esta prestación, bien puede gestionarse directamente por los ayuntamientos, bien concertando la ejecución con entidades externas, prioritariamente asociaciones de protección y defensa legalmente constituidas. En cualquier caso, estos centros deben estar inscritos previamente en el registro de núcleos zoológicos de la Comunitat, como centro de acogida de animales (públicos o privados).
Desde la entidad colegial se insistió también en que, si se trata de consultorios y realizan esterilizaciones, sus instalaciones deberán contar con un quirófano independiente, con medios de reanimación, gases medicinales y monitorización anestésica.
En esta línea, se remarcó que es el veterinario de estos centros el profesional que habrá de velar por el cumplimiento de las obligaciones de identificación, vacunación frente a la rabia y desparasitación de los animales que ingresen.
Pasaporte
Indirectamente relacionado con ello, la reunión también sirvió para aclarar cuestiones técnicas básicas sobre cómo se debe rellenar y mantener el pasaporte de los animales.
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org