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El CVCV pide que la identificación de gatos se incluya en la Ley de Bienestar

22-03-2018

Del anteproyecto de Ley sobre protección, bienestar y tenencia de animales de compañía -que actualizará la ley 4/1994- han trascendido los aspectos más polémicos: permitirá a los ayuntamientos poner una tasa por tener animales, les habilita para limitar el número máximo de éstos en cada hogar y consolida la prohibición de espectáculos (no sólo circenses) que usen a fieras. Pero la norma va más allá y supone un nivel de concreción en materia de tenencia responsable que el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) valora “positivamente por la nueva dirección y sensibilidad demostrada”, describe su presidenta, Inmaculada Ibor.

Más allá de tales consideraciones, el CVCV ha presentado un completo paquete de alegaciones. Quizá la más destacada es aquella que aboga por aprovechar la reforma que se ha dirigido a potenciar las políticas en favor del bienestar, el control poblacional y sanitario y contra el abandono de mascotas, para ampliar la obligatoriedad de la identificación y registro a través del RIVIA a los gatos y hurones. Tal petición es coherente con la propia orden 3/2016 por la que se regulan los tratamientos sanitarios preceptivos, que ya extendió la vacuna antirrábica obligatoria a felinos y a hurones. La identificación previa es, de hecho, el único mecanismo que da la certeza de que un animal está vacunado frente a este virus, permite su registro eficaz en el RIVIA y es la forma válida de inmunización establecida en la norma comunitaria sobre movimientos de mascotas entre los paises.

Obligaciones y sanciones
El anteproyecto define las obligaciones de los propietarios de manera detallada. Así, destaca que todos los canes y équidos deban estar identificados con microchip o la obligación de proporcionar auxilio básico a los animales atropellados o heridos en vía pública. El texto también reclasifica las infracciones por incumplimiento y fija sanciones que, en el caso de las muy graves, llegan a 30.000 euros. Entre los incumplimientos leves se incluye la posesión temporal de perros o animales potencialmente peligrosos no identificados, así como no disponer de las fichas clínicas de vacunación o de tratamiento obligatorio o el transporte en condiciones inadecuadas (con sanciones de entre 100 y 3.000 euros, o apercibimiento).
Los supuestos por los que se pueden imponer multas de entre 6.000 y 30.000 euros por infracciones muy graves van desde el abandono o el maltrato, la esterilización, mutilación o sacrificio no realizado por veterinario, la venta sin licencia o la filmación de escenas de crueldad, maltrato o padecimiento. En este sentido, el CVCV ha presentado alegaciones a las sanciones que van dirigidas a las actuaciones veterinarias, exigiendo que se cumplan las condiciones de los registros en todas las actividades y que se limite la condición de veterinario autorizado, como en el resto de actividades.

Mascotas por hogar
Pero si por algo ha trascendido este borrador ha sido por el contenido de sus disposiciones adicionales segunda (número máximo de animales por casa) y tercera (la tasa), que son potestativas de los ayuntamientos. Respecto a lo primero, el CVCV entiende positiva tal limitación pero señala que -para ser coherente con lo dispuesto antes en este borrador sobre lo que se considera núcleo zoológico- en caso de que se superen los 5 animales por casa y se requieran entonces unas condiciones específicas o sea posible la cría ilegal, debería ser obligatorio advertir de ello a la autoridad competente.
En relación al gravamen que ahora se propone, parece claro que tal tasa iría destinada a sufragar la aplicación de la norma. A su vez, tal recaudación guarda relación directa con la prohibición general del sacrificio de estos animales, que sólo estará autorizado por razones de salud o seguridad. Es un cambio sustancial respecto a la situación actual, que sí se contempla el sacrificio si no se consigue que sean adoptados.

Funciones
Dado el mayor reconocimiento que se otorga al veterinario en este terreno, un grupo importante de las alegaciones pretenden clarificar mejor sus funciones. Concretamente, se trata de definir sus responsabilidades en cuanto a la atención sanitaria, a los posibles sacrificios (por razones de salud o seguridad), a la eutanasia, identificación, etc..
Dicho de otro modo, se ham introducido cambios para que la norma no induzca ha error sobre lo que son funciones propias del veterinario. Es más, se ha planteado que se establezca como algo obligatorio las visitas periódicas al veterinario como sistema de prevención de enfermedades e incluso de detección de posibles maltratos.

‘Capacidad adecuada’
En cuanto a la gestión de los animales abandonados recogidos, éstos tendrán que mantenerse en centros de acogida registrados y con capacidad “adecuada” según los criterios que se fijarán en un reglamento posterior. Además, se impone a los municipios el contar en ellos con un servicio de 24 horas de urgencia para la recogida y atención veterinaria, que sea propio, mancomunado o convenido.
Los ayuntamientos deberán hacer campañas periódicas–una al año, al menos– de esterilización de mascotas como medida preventiva contra el abandono y promover la adopción de los animales recogidos. Ésta será gratuita pero se podrá repercutir sobre el adoptante el coste de los tratamientos, identificación y esterilización. Para descongestionar los refugios y protectoras, se crea la figura de la ‘casa de acogida’ temporal. El CVCV reclama, en este sentido, que se dé un control efectivo sobre estas residencias.

Campañas y formación
En una regulación como ésta, la divulgación es clave. Y a ella se dedica un capítulo. Dada la actividad y experiencia de la que ya gozan los colegios de veterinarios en cuanto a la difusión de los principios de tenencia responsable, el CVCV reclama que se le reconozca expresamente en esta Ley para poder colaborar con tal tipo de iniciativas.

Derechos OIE y esterilización
En este sentido, otra de las alegaciones va dirigida a concretar el propio principio inspirador de esta norma, que se refiere a “seres vivos con sensibilidad” que deben recibir un trato que “atendiendo a sus necesidades físicas y etológicas, procure su bienestar”. Pues bien, a ése respecto, el CVCV pide que la norma se refiera a los “derechos” de los animales y que, además queden reflejadas sus necesidades “fisiológicas” y que se considere maltrato cualquier conducta, tanto por acción como por omisión que prive a los animales de sus “libertades”.. “Derechos y libertades” que, están reflejadas en la definición de bienestar de la OIE. Por otra parte, se ha alegado también en favor de la esterilización como método para evitar abandonos.

- Ver anteproyecto de Ley
 

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