A punto de llegar el verano, es buen momento para ponerse al día, para recordar más bien, la correcta manera de cumplimentar el pasaporte exigido para perros gatos y hurones (no para el resto de mascotas). El Ministerio de Agricultura ha remitido de hecho a las comunidades autónomas una circular en este sentido para que, a su vez, los colegios la difundan entre sus colegiados. A continuación se expone un resumen de la misma.
Es el Reglamento (UE) nº 576/2013, la normativa de referencia, la que regula los requisitos aplicables a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía entre Estados miembros y desde un tercer país o territorio, así como las normas para el control de dichos desplazamientos.
Nuevo pasaporte
Como se recordará, fue el 29 de diciembre de 2014 cuando entró en vigor la utilización del nuevo pasaporte de mascotas: los emitidos antes de ésa fecha siguen siendo válidos, los animales que no lo tuvieran necesitarán pues del nuevo modelo oficial.
De igual manera que la administración lleva un registro de este documento para así asegurar la trazabilidad, el veterinario que los expide debe conservar también un registro de un mínimo de tres años también. En ningún caso, por otra parte, se podrá emitir un pasaporte a un perro que no esté microchipado o tatuado (siempre que el tatuaje sea anterior al 3/07/2011 y continúe claramente legible)
Secciones a rellenar sí o sí
Rellenar los datos del propietario del animal (sección I) es ineludible, entre otras cosas, porque, al pasar la frontera, la persona que figura en el documento debe ser la misma que acompañe al animal (salvo mediar autorización por escrito del propietario).
La Sección III se refiere a la identificación del animal y en ella. hay que incluir la pegatina del microchip si está disponible. En caso de no disponer de pegatinas, habría que escribir el microchip a mano. Es necesario incluir la fecha de implantación (tachando lectura) o la fecha de lectura del microchip (tachando colocación), si se desconoce la fecha de implantación. También hay que indicar la localización del chip (normalmente en la zona lateral izquierda del cuello). Finalmente, hay que colocar una lámina adhesiva transparente que cubra la sección III. Como en todas las secciones del pasaporte, la fecha siempre será con el formato dd/mm/aaaa).
No se puede expedir un pasaporte si no tiene las referidas secciones I, II (datos del animal) y III (datos del marcado) completamente cumplimentadas.
Vacunación, clave en los controles
La secc. IV refleja los requisitos establecidos por la UE en materia de vacunación antirrábica. Sin embargo, a nivel regional existen diferentes requisitos de vacunación. Hay que tener en cuenta estas diferencias a la hora de rellenarlo y aplicar siempre la normativa más restrictiva. Además, si el animal va a viajar fuera de España es muy importante ser muy minucioso en las fechas en que se aplican las vacunas, pues es una de las secciones más importantes en el momento de los controles.
Antes de viajar a países terceros y para no tener problemas al regreso, es importante rellenar todos los campos de la prueba de valoración de anticuerpos de la rabia y añadir la firma y sello, La toma de sangre debe realizarse al menos 30 días después de la vacunación
- Ver Circular completa del Ministerio
- Enlace a centros veterinarios autorizados para la prueba de valoración de anticuerpos de la rabia http://ec.europa.eu/food/animals/pet-movement/approved-labs_en
- Web del Ministerio de Agricultura sobre requisitos sanitarios para viajar con mascotas
http://www.mapama.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/desplazamiento-animales-compania/Viajar-perros-gatos-hurones.aspx
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org