En febrero de 2016, durante un pleno de Les Corts Valencianes, la consellera de Agricultura, Elena Cebrián, anunció una nueva regulación en materia de protección animal. En aquella comparecencia, Cebrián advirtió que la Ley 4/1994 que ahora se acaba de modificar en algunos extremos puntuales de su artículo 4, “ha quedado envejecida y superada por una nueva realidad social”. En abril, su departamento convocaba (en la foto) al Consejo Asesor de Animales de Compañía -en el que participan los colegios veterinarios- para reflexionar sobre la posible prohibición de los circos con animales ya establecida en ciudades como Alicante, Burjassot y Valencia y sobre la necesidad de eliminar la exhibición de animales con fines comerciales en vitrinas y escaparates entre otras razones para evitar la compra compulsiva y la denigración del animal. Finalmente, la modificación ahora sancionada para la referida Ley ha aprobado lo segundo pero no lo primero.
Las referidas modificaciones no han seguido el trámite legislativo habitual sino que el DOGCV las recogía en el último día del año en el conjunto del paquete legislativo de la Ley 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. Huelga decir que, con esta vía, no ha mediado la posibilidad de poder hacer alegaciones.
Tiendas
Junto a ello, otro de los cambios que también afectan a las tiendas de animales se refiere a la prohibición expresa de “mantenerlos (a los animales) atados o enjaulados en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario”.
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org