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El MAGRAMA se interesa por la campaña d contra el abandono de mascotas en el medio natural

09-07-2014

La acciones de concienciación emprendidas, más allá de las sesiones formativas como las celebradas en Valencia (el 22 de mayo) y Alicante o la que en septiembre se organizará en la sede colegial de Castellón, constan también de un vídeo divulgativo que está siendo ampliamente difundido en las redes sociales e internet así como de carteles que han sido distribuidos para ser colgados en las clínicas veterinarias valencianas. El interés del ministerio responde a la oportunidad suscitada por la próxima finalización del plazo concedido por el RD 630/2013, de 2 de agosto, que regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, para comunicar a la Administración la tenencia de algún animal de este tipo. Efectivamente, será un año después -el próximo 2 de agosto- cuando expirará el periodo dado para comunicar tal tenencia, en el caso valenciano, a la Citma . De no hacerlo, el ciudadano en ésa situación incurriría en una posible infracción administrativa.

“La norma sólo afecta a los que son propietarios desde antes de agosto de 2013 porque, desde entonces, no es legal comprar o tener especies exóticas catalogadas como invasoras como tampoco lo es, por supuesto, liberarlas, cederlas o trasladarlas”, aclaró en el transcurso de la jornada en la sede de Icoval, Cristóbal Torres, del Servicio de Vida Silvestre de la Dirección General de Medio Natural.

Pero es que, como informó en este boletín, el Consell ha querido dar un paso más en este terreno y ha desarrolllado este decreto con la orden 10/2014. En virtud de tal norma autonómica, como recordó acto seguido Pedro María Mójica, del centro de recuperación de animales La Santa Faz de Alicante, los veterinarios tienen que tener presente otra fecha clave para así poder informar adecuadamente a sus clientes: antes del 31 de diciembre los animales de este tipo deberán ser identificados (con microchip o con las marcas estipuladas para cada tipo) e incluidos en el nuevo registro informático creado en el RIVIA para estas especies. Además, en el caso de ser mamíferos catalogados como invasores, deberá acreditarse antes de acabar el año su esterilización por parte del veterinario.

Pero, ¿cómo debe afrontar un clínico la llegada accidental a su consulta de una especie silvestre -exótica o autóctona, que también están reguladas, de la mano de un cliente?. Mójica aclaró tal cuestión y enunció un primer paso clave: la identificación de la especie. “Es en muchas ocasiones complicado: internet no es del todo fiable, hay que saber reconocer las diferencias de matices entre individuos y subespecies y como en el caso de la tortugas de Florida, Trachemis scripta, es fácil confundirse con las hibridaciones”, señaló el experto para acabar concluyendo que, en caso de duda y tras consultar webs oficiales como el Banco de Datos de Biodiversidad - “se debe llamar al centro de recuperación ( 96 515 31 62 ) y os asesoraremos para finalmente, de no estar legalizada la tenencia, hacernos cargo del animal”.

Rapaces y envenenamientos

En caso de tratarse de un ave rapaz, el facultativo deberá comprobar cuatro puntos: Documento que acredite su procedencia de cría en cautividad, los papeles CITES, comprobará (si es que ha nacido en cautividad) que tiene la anilla cerrada y su microchip y registro (si es una especia autóctona o híbrido de ella).
Mójica no quiso pasar por alto cómo afrontar un caso de envenenamiento: “Ante una sospecha hay que recabar toda la información del lugar donde se produjo, tomar muestras para hacer un informe y comunicarlo a través del 112, al SEPRONA o a la fiscalía de Medio Ambiente”.

- Ver video de la jornada y Declaración de tenencia de especie invasora en Icoval.org / Formación / Canal Formación

 

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